Si eres tu propio jefe probablemente hayas oído hablar de la nueva ley de autónomos que tan esperada era para algunos. ¿Pero sabes realmente como te afecta? Te contamos todas las modificaciones que implica para que puedas sacarles beneficio.
La comisión de Empleo del Congreso de los Diputados ha dado luz verde a la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, una iniciativa de Ciudadanos que ha salido adelante por unanimidad.
Con esta ley se introducen una serie de reformas:
– Hasta ahora los autónomos podrían disfrutar de una tarifa plana de 50€ durante sus primeros 6 meses de cotización a la Seguridad Social, ahora se amplía esa tarifa a un año.
-Los autónomos que cesen su actividad durante 2 años podrán beneficiarse de nuevo de dicha tarifa si vuelven a darse de alta, mientras que antes debían esperar 5 años para poder hacerlo.
-Cuando las mujeres se reincorporen después de una baja por maternidad también tendrán dicha tarifa de 50€.
-A aquellos que tengan que cuidar de personas dependientes o menores de edad se les bonificará el 100% de la cuota durante 12 meses.
-Los autónomos podrán deducirse el 20% en gastos de agua, gas, electricidad, y telefonía en caso de que trabajen desde su hogar.
-También podrán deducirse hasta 26,67€ euros diarios por gastos en dietas y manutención siempre que el pago se realice por medios telemáticos para quedar acreditados. Podrán deducirse 48,08€ si es en el extranjero.
-Podrán cambiar su base de cotización hasta en cuatro ocasiones al año, de forma que se adecue mejor a sus ingresos.
-Con intención de que los autónomos solo tengan que pagar en las épocas en que tengan actividad, podrán darse de alta y de baja en la Seguridad Social hasta tres veces al año.
-Se podrá compatibilizar el cobro del 100% de la pensión con la prolongación de la vida laboral para el empleo por cuenta propia.
-La cuota de los autónomos societarios se desvincula de las subidas del salario mínimo interprofesional (SMI) y quedará determinada año a año en los Presupuestos Generales del Estado tras dialogarlo con las organizaciones de autónomos.
-Reducción de recargos: La penalización por retraso en el pago de la cuota durante el primer mes de desfase pasa del 20% al 10%.
-Sin necesidad de realizar la solicitud de la devolución, la Seguridad Social devolverá el exceso de cotización de las personas en situación de pluriactividad.
-Otra novedad es que se incluye el accidente durante el desplazamiento de los autónomos a su lugar de trabajo, o accidente in-itinere.
-Se incluyen una serie de mejoras para la formación en prevención de riesgos laborales.
-Se mejoran las condiciones del emprendimiento para trabajadores con discapacidad.
-Se permite a los autónomos que contraten a sus hijos con condición de discapacidad.
A pesar de todas estas medidas incluidas en la nueva ley, todavía quedan temas pendientes en los que sin duda estarás interesado si eres trabajador por cuenta propia:
-La nueva ley no incluye ninguna reforma sobre el paro para autónomos.
-No aporta solución a los falsos autónomos, asunto que afecta especialmente a los jóvenes menores de 30 años.
¿Qué te parece la nueva ley de autónomos? ¿Qué aspectos crees que quedan por mejorar?
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